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Tributación de Comercio Electrónico en Argentina

martes, 5 de octubre de 2010 , Posted by Desiree De Paul at 15:22



A partir del 1º de septiembre las empresas que realizan comercio electrónico, deberán asegurarse que quienes venden en sus plataformas paguen la alícuota de Ingresos Brutos que recauda la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) del gobierno de la Ciudad.
De esa manera debutará en el país el primer sistema de control fiscal de las operaciones de comercio electrónico. El mecanismo contemplará que las compañías incluyan esa retención en la factura por el monto de la comisión que envíen a sus usuarios vendedores.

Una vez que el vendedor paga, las firmas transferirán ese monto discriminado al organismo recaudador. La alícuota será del 1,5% para los usuarios inscriptos para abonar el tributo y del 3% para los no inscriptos para incentivar el cambio de relación del vendedor con el fisco.

Quienes deberán tributar el gravamen serán aquellos vendedores electrónicos de la Ciudad  que comercialicen productos nuevos, realicen más de diez operaciones por mes y por un monto total de 20.000  pesos en forma habitual.

Desde la AGIP expusieron que el año pasado el e-commerce generó en la Argentina unos 6.800 millones de pesos y estimaron que un 25 por ciento de ese volumen podría ser alcanzado por el nuevo régimen tributario.

El gerente General de Mercado Libre y presidente de la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE), Juan Martín de la Serna, se manifestó de acuerdo con la medida tributaria y expuso que "era algo que tenía que suceder".
Agregó que el proceso de convertirse en un agente de percepción le implicó a Mercado Libre cierta complejidad ya que debieron cambiar el sistema de facturación, detectar en su base a los vendedores habituales y asegurarse de que cumplieran con las condiciones para tributar.

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